Trabajadores tendrán facilidades para atender a familiares con Covid-19

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Los trabajadores que tengan un familiar directo con diagnóstico o sospecha de coronavirus Covid-19 y que no se encuentre hospitalizado tendrán facilidades por parte de los empleadores del sector público y privado.

Así lo dispone el Poder Ejecutivo en el capítulo V del Decreto Legislativo 1499, publicado el domingo 10 de mayo en el diario oficial El Peruano con las firmas del presidente Martín Vizcarra, el titular de la PCM y la ministra de Trabajo, Silvia Cáceres.

La norma establece que los trabajadores que están a cargo del cuidado y sostén de familiares directos con Covid-19 o que son grupo de riesgo ante esta enfermedad, y que además no se encuentran hospitalizados, tienen derecho a tener una licencia con goce de haber sujeta a compensación posterior.

Las facilidades descritas en este decreto son:

a) Licencia con goce de haber, sujeta a compensación posterior. La oportunidad de la compensación es acordada entre la entidad pública o el/la empleador/a y el/la servidor/a civil o trabajador/a.

b) Reducción de la jornada de trabajo, sujeta a compensación posterior. La oportunidad de la compensación es acordada entre la entidad pública o el/la empleador/a y el/la servidor/a civil o trabajador/a.

c) Reorganización de horarios de trabajo, trabajo por turnos o trabajo remoto.

d) Permisos temporales durante la jornada de trabajo, sujetos a compensación posterior de horas. La oportunidad de la compensación es acordada entre la entidad pública o el/la empleador/a y el/la servidor/a civil o trabajador/a.

e) Cualquier otra facilidad laboral que resulte pertinente, atendiendo a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad y considerando los enfoques de género, interculturalidad, interseccionalidad y derechos humanos.

En su artículo 14, el decreto legislativo precisa que la disposición se aplica a los servidores/as civiles y trabajadores/as del sector público y privado.


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