Sunat endurece fiscalización en los ingresos de los trabajadores

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La Ley del Impuesto a la Renta (IR) establece que algunos ingresos obtenidos como independientes (rentas de cuarta categoría) se tratan como ingresos de trabajo (rentas de quinta categoría), lo cual ha sido usado por algunas empresas para reducir el costo laboral, que se estima en 39%.

Sin embargo, la Sunat está concluyendo que algunos de estos casos encubren rentas de trabajo (quinta categoría), por lo que corresponde una recaudación por seguridad social (Essalud y ONP), advirtió el laboralista Mauro Ugaz de Ernst & Young (EY).

Requisitos

La Ley del Impuesto a la Renta precisa que cuando existan ingresos independientes pero la empresa designa lugar y horario; proporciona los elementos de trabajo, y asume los gastos del servicio, será tratado como independiente pero tributará como un ingreso de trabajo. Condiciones por las cuales algunos expertos han denominado a esta regulación, coloquialmente, cuarta-quinta categoría del IR.

Así, lo usual, era que en las fiscalizaciones tributarias no analizasen el encubrimiento de una relación de trabajo, sino que únicamente verificaban el cumplimiento objetivo de los requisitos legales. Por lo que esta situación era aprovechada por algunas empresas para reducir indebidamente sus costos laborales, ya que la reglamentación de la Ley del IR, detallaba que la norma solo tenía efectos tributarios.

No obstante, Ugaz explicó que en las nuevas fiscalizaciones tributarias el fisco ya está realizando un análisis de laborabilidad del servicio, para evitar encubrimientos laborales.

“De ser el caso, la Sunat objeta este tipo de contrataciones (cuarta-quinta) y propicia que estos ingresos tributen el pago de Essalud (y ONP)”, dijo.

No obstante, precisó, la Sunat no puede declarar que una relación es laboral o no, sino, solo que sobre ese tipo de ingreso corresponde el pago de aportes y tributos.

Agregó que para que el personal contratado como cuarta-quinta tenga un contrato de trabajo, debe iniciar un proceso judicial, y obtener que el juez laboral establezca este tipo de relación. No obstante, si un empleador considera que el análisis de la Sunat es correcto, es recomendable que regularice su situación e incorpore al trabajador en planillas, anotó Ugaz.

 

Fuente: Diario Gestión

 

 

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