¿Si soy practicante recibo CTS?

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Las empresas de la actividad privada tienen hasta el jueves 15 de mayo para depositar en la cuenta de sus trabajadores en planilla la CTS – Compensación por Tiempo de Servicio. 

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Sin embargo, es necesario señalar que para que el depósito se haga efectivo el trabajador debe cumplir una jornada mayor a las cuatro horas. En ese sentido, los trabajadores part time no tendrían derecho a recibir la CTS.

Algo similar ocurre con los practicantes pues, según explica el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), no tienen una relación laboral con el empleador ya que reciben una capacitación práctica para implementar sus conocimientos.

¿Cómo calcular el monto a depositar?

Según el MTPE, la remuneración computable se determina sobre el sueldo que perciba el trabajador en abril. El depósito será de medio sueldo en mayo y en octubre otro medio sueldo. Es decir, al año usted tendrá en su cuenta de CTS un sueldo; al que se sumará los intereses que gane con la entidad que albergue este fondo. 

Cabe precisar que el trabajador puede acceder a parte de este monto siempre que tenga un excedente a cuatro sueldos; y para acceder al monto total deberá presentar su renuncia ante su empleador.

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