Se acabó el periodo de gracia en multas laborales a empresas

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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), publicó varias directivas sobre fiscalización. En el 2015, lo hizo sobre Seguridad y Salud en el Trabajo y, recientemente un proyecto de directiva para el sector industrial en esa materia.

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César Puntriano, socio de PwC, explicó que con esta medida se acabó el periodo de gracia para las empresas pues ahora se conoce un listado mínimo de obligaciones que deben cumplir y además, no se fija un periodo de adecuación.

Agregó que aunque hasta el 12 de julio del 2017 existe un tope de pago sobre el 35% de las multas que se impongan a las empresas por infracciones laborales, no se aplicará dicho tope en casos de reincidencia. Detalló que una empresa reincide en la falta si luego de 6 meses se fiscaliza y persiste en la infracción.

Por esta razón, dijo, la Sunafil cuenta con las herramientas legales para imponer multas que se han incrementado en un 900%.

Si la empresa no tiene un reglamento interno de Seguridad y Salud en el Trabajo comete una infracción muy grave, y si cuenta con más de 1000 trabajadores tendrá una multa de s/395,000. El monto tendrá un tope de 35%, pero si la empresa reincide recibirá el 100% de la sanción.

Obligaciones mínimas
El proyecto de directiva de la Sunafil para el sector industrial fija 116 obligaciones mínimas. Así las empresas deberán tener un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o un supervisor, un libro de actas, contar con un reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo, entre otros.

Asimismo, respecto a la higiene ocupacional, se comprobará la iluminación homogénea, suministro de aire, extracción de contaminantes, control de ruidos y otros.

En cuanto a las condiciones de seguridad, contar con una correcta señalización, etiquetas de sustancias peligrosas.

También sobre condiciones de seguridad en lugares de trabajo, instalaciones civiles (estacionamientos y señalización de salidas) y maquinaría, equipos de protección del personal (botas, casco y demás), entre otros.

Finalmente , formará parte de la fiscalización la adecuada protección de la trabajadora en estado de embarazo, el cumplimiento de las obligaciones referidos al derecho de lactancia y de los trabajadores con discapacidad.

Fuente: Diario Gestión

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