¿Qué sucede si mi empleador no paga mis aportes a la AFP?

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Al iniciar su vida laboral dependiente, el trabajador elige aportar a uno de los dos sistemas previsionales existentes en el país (AFP u ONP); y el empleador queda obligado a realizar la retención y el pago de los aportes mensuales.

Cabe resaltar que los pagos deben ser efectuados hasta el quinto día útil del mes siguiente al que corresponde la retención. Por ejemplo, los aportes que el empleador descontó del sueldo de sus trabajadores en el mes de mayo deben ser pagados hasta el quinto día del mes de junio.

De acuerdo con cifras de la Asociación de AFP, desde la creación del Sistema Privado de Pensiones (SPP) y mayo de 2019, han existido más de 126 mil empresas que no han depositado los aportes de sus trabajadores en algún momento determinado, perjudicando directamente a los afiliados.

¿Cuáles son los efectos?

En esa línea, AFP Integra ha resumido los principales efectos que el incumplimiento de pagos por parte del empleador podría tener sobre el afiliado y su pensión:

1. En caso el empleador realice el abono fuera de fecha, deberá asumir el pago de intereses, los cuales se sumarán al fondo de pensión del afiliado cuando el empleador regularice los aportes.

2. En caso el empleador no efectúe el pago de los aportes oportunamente, la AFP iniciará gestiones de cobranza para recuperarlos.

3. Podría dejar de ganar rentabilidad: Los aportes obligatorios pasan a formar parte del fondo de pensiones del afiliado y ganan rentabilidad según el fondo en el que se encuentre y su tiempo de permanencia. En caso no se registren aportes al fondo, inevitablemente habrá una pérdida en su rentabilidad. 

4. La cobertura de seguro podría postergarse: Existe un seguro que protege al afiliado en caso de invalidez, y a su familia en caso de fallecimiento. El seguro estará activo siempre que cuente con 4 aportes en los últimos 8 meses previos al mes en que ocurre el siniestro. Si el empleador no ha pagado al menos estos 4 aportes, la cobertura de seguro se postergará hasta que los regularice, y mientras tanto, el afiliado o sus beneficiarios solo podrán recibir una pensión preliminar en base al fondo de pensión actual. 

 5. Las opciones de retiro y/o pensión podrían ser menores:Si el afiliado está por jubilarse, puede elegir recibir una pensión, retirar el 95.5% de su fondo, o retirar parcialmente su fondo. Si el afiliado decide retirar el 95.5% de su fondo, el monto del retiro será calculado en base al total de su fondo en ese momento, sin incluir los aportes adeudados de su empleador. Una vez que el empleador regularice los pagos, el afiliado podrá generar una solicitud de retiro para acceder a este monto. 


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