Proyecto de Ley General del Trabajo

2084

Trabajadores de services tendrían derecho a utilidades

Los trabajadores que prestan servicios a una empresa usuaria a través de empresas de servicios de tercerización tendrían derecho a participar de las utilidades de dicha empresa usuaria, la cual podrá deducir del impuesto a la renta el monto repartido.

Así se establece en el proyecto de Ley General de Trabajo (LGT), aprobado por la comisión de expertos encargados de su revisión y presentado al Ejecutivo el jueves pasado.

De esta manera, se resuelve una situación que, según la comisión, muchos sectores consideran injusta y se busca evitar diferencias notorias de ingresos entre los trabajadores de la empresa y la de servicios.

Reestructuración

El referido proyecto revisa y reestructura todo lo relativo a intermediación laboral y tercerización de servicios y de obras, habida cuenta que en los últimos tiempos esta materia ha sido legislada “en forma dispersa e inconexa, generando confusión y dudas”. Destacan un conjunto de disposiciones para proteger y garantizar el ejercicio de los derechos colectivos de los trabajadores de la empresa de servicios o contratista de obra, así como la responsabilidad solidaria de la empresa usuaria respecto del pago de las remuneraciones, derechos y beneficios sociales de los trabajadores destacados a esta por la prestadora del servicio. 

El proyecto también diferencia con mayor claridad entre empresas de servicios temporales (para labor ocasional o de suplencia, en las cuales existe propiamente intermediación laboral) y de tercerización (prestación de servicios y obras comprende la prestación de servicios complementarios, la de servicios especializados y la ejecución de obras).

Se busca garantizar la existencia de la empresa que brinda el servicio o ejecuta la obra, a fin de evitar situaciones de simulación o fraude para evadir las obligaciones laborales.

 

Fuente: Diario Gestión

 
 

Comentarios