Plantean un régimen laboral de emergencia

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En vista de los serios daños económicos que va dejando la pandemia en el país, la Confiep lanzó una Agenda de Reactivación Económica. El documento expone una serie de propuestas para la recuperación de distintos sectores económicos en el corto plazo.

Entre estas acciones, el gremio empresarial propone un régimen laboral de emergencia para las empresas que hayan sido afectadas. Entre las medidas está la posibilidad de entregar bonos o beneficios remunerativos temporales, que no se conviertan en derechos adquiridos ni estén afectos a cargas sociales ni tributos.

Asimismo, se refiere a reducir jornadas y remuneraciones compensándolas con acceso a CTS, AFP o subvenciones del Estado; la posibilidad de prorratear gratificaciones y CTS; y contrataciones laborales temporales de emergencia por un año.

¿Qué opinan los laboralistas sobre la propuesta?

Brian Ávalos, laboralista de Payet, Cauvi, Pérez Abogados, indicó que debería evaluarse la propuesta de Confiep en tanto es un régimen temporal que ayudará a dinamizar las contrataciones. “Se necesita un apoyo urgente a las empresas para poder salvar la crisis, sobre todo a los sectores más afectados como turismo, retail y restaurantes”, comentó.

Añadió que este régimen apunta a reducir costos de contratación laboral y ser más flexibles. En muchos casos, detalló Ávalos, las empresas prefieren contratar personal de manera informal, pues consideran que es menos riesgoso que ponerlos en planilla, al no saber cómo les va a ir el próximo año. Este temor desaparecería con este régimen.

Sobre las contrataciones temporales de emergencia, César Puntriano, profesor de los programas en Derecho Corporativo de ESAN, comentó que hoy en día ya existe un contrato de este tipo entre los nueve contratos a plazo fijos existentes. “Hoy en día, una empresa, en caso fortuito o de fuerza mayor, puede contratar personal temporalmente en un contrato por emergencia”.

El laboralista expresó que habría que entender técnicamente cuál es la diferencia que propone Confiep, porque inclusive la ley actual no establece un plazo máximo para ese contrato, sino que es por lo que dure la emergencia, explicó. En ese caso, la propuesta sería innecesaria.

En cuanto a la rebaja de la remuneración de la jornada, Puntriano se mostró en desacuerdo. Esta propuesta está pensada en el supuesto que no se disponga de trabajo para los empleados, pero no está pensada en la reactivación como sí sucede con el contrato temporal.

“Si la Confiep dice que las propuestas van a generar más mano de obra para las empresas, esta medida no va a generar más trabajo. Lo que va a hacer es aplicar una consecuencia lógica que no existe en la ley, hoy en día si le bajan las horas no le puedes rebajar el sueldo, la ley no lo permite y necesitas un acuerdo para ello”, comentó Puntriano.

Asimismo, al referirse a la posibilidad de prorratear el pago de CTS y gratificaciones, cree que aquí la idea sería evitar un mayor costo a las empresas, pero debe ir de la mano con la otra medida de poder pagar ingresos no remunerativos. Según Puntriano, esto podría generar que las empresas necesiten más liquidez para pagar mes a mes.

En cuanto a los ingresos no remunerativos, el abogado valoró como interesante la propuesta, aunque subrayó que debe ser transitoria y tendría que haber un tope, porque hoy en día se puede pagar por este concepto a los trabajadores. “En total, los ingresos no remunerativos no deberían sea mayores al 50% del salario, porque perjudicas los beneficios, al no ser calculados para los servicios sociales”.

Fuente: El Comercio


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