Obligan a grupo económico a negociar con sindicato

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La negociación colectiva por grupo de empresas no está regulada expresamente en la ley, sin embargo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) reiteró esta posibilidad precisando que una empresa de intermediación laboral (service) o de tercerización de servicios (contratas) pertenece a un grupo económico o de empresas aun cuando no tenga igual actividad que la empresa principal (misma rama).

El MTPE fijó como un criterio la vinculación de los servicios (instalaciones, mantenimiento, reparación y otros) dentro del proceso de descentralización, y permite así la negociación entre el sindicato de empresas y el grupo económico. Detalló que se permitirá al sindicato conformado por trabajadores de diversas empresas poder negociar como si fuera de rama de actividad si dichas empresas, services o contratas, se vinculan con la cadena de producción descentralizada, ya que, tal como se reconoce la libertad empresarial de organizar de forma descentralizada, se hará lo mismo con la libertad de los trabajadores de agrupar trabajadores de distintas empresas.

 

Fuente: Diario Gestión

 

 

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