Multarán a empresas que paguen un menor salario a extranjeros

2027

La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Sylvia Cáceres, afirmó que las empresas que reemplacen trabajadores peruanos por extranjeros, pagándoles un menor salario, serán multados porque esta es una práctica discriminatoria. 

Luego de inaugurar la Intendencia Regional de Junín que forma parte de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), Cáceres se refirió a la migración venezonala y señaló que desde el sector trabajo se busca que nadie se aproveche del estado de necesidad de estos ciudadanos. 

“Lo que tenemos que preservar es que nadie se aproveche del estado de necesidad de los ciudadanos venezolanos siendo contratados por menos precio, mejor dicho, menor salario, menor remuneración, desplazando de esa manera, de manera discriminatoria, a trabajadores peruanos”, afirmó. 

Sanciones

En ese sentido, explicó que la legislación peruana prevé el supuesto de discriminación como una de las faltas que son pasibles de sanción. 

El reglamento de la Ley General de Inspección Laboral, tipifica como una falta muy grave “la discriminación del trabajador, directa o indirecta, en materia de empleo u ocupación, como las referidas a la contratación, retribución, jornada, formación, promoción y demás condiciones, por motivo de origen, raza, color, sexo, edad, idioma, religión, opinión, ascendencia nacional, origen social, condición económica, ejercicio de la libertad sindical, discapacidad, portar el virus HIV o de cualquiera otra índole”. 

“Una vez detectada esa situación, cualquier persona que se ve afectada por discriminación tiene que denunciar a la inspección de trabajo a fin de que se desplacen los inspectores, verifiquen que hay discriminación e impongan la sanción correspondiente”, precisó. 

En el régimen general, las multas para infracciones muy graves, como es la discriminación, van desde 2.25 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) que corresponde a S/ 9,337.5 con el valor de este año, hasta las 45 UIT, es decir, S/ 186,750. 

 

 

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