Las personas con discapacidad deberán ser contratadas por empresas de más de 50 trabajadores

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A partir de enero del 2106, el Ministerio de Trabajo iniciará la fiscalización de la cuota obligatoria de empleo para personas con discapacidad en el sector privado.

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Ante esto, los empleadores del sector privado con más de 50 trabajadores deberán contratar personas con discapacidad en una proporción no menor del 3 % del total de su personal. Además, la cuota de empleo es una obligación de carácter anual, por lo tanto su cumplimiento debe realizarse entre enero y diciembre de todos los años.

Del mismo modo, según el programa Trabajo en Acción del Ministerio de Trabajo, la fiscalización del cumplimiento se realizara desde el 1 de enero del 2016. La cuota se calculará con la información que el empleador ha declarado en la planilla electrónica.

Asimismo, indica el cálculo ponderado, es decir, el trabajador que laboró todo el año equivale a uno, y quienes trabajaron por fracción de año equivale tantos dozavos como meses hayan trabajado.

Para el caso de la cuota, la condición de discapacitado se acredita únicamente con el certificado de discapacidad otorgado por los hospitales del Ministerio de Salud, Defensa y del Interior; y el Seguro Social de Salud.

No se admitirán certificados emitidos por instituciones privadas de salud, certificados temporales de incapacidad para el trabajo; y no es necesario contar con el carnet de Conadis.

Por otro lado, el Ministerio de Trabajo para promover el cumplimiento de la cuota obligatoria ofrece los siguientes servicios:
– Publicación de vacantes de la bolsa de trabajo
– Preselección de candidatos con discapacidad
– Apoyo para el análisis de los puestos
– Sensibilización al entorno laboral a nivel nacional.
– Capacitación de las personas con discapacidad para un mejor desempeño del puesto
– Inserción laboral de personas con discapacidad intelectual y mental, mediante la metodología especializada empleo con apoyo, que se encarga del análisis del puesto, sensibilización al entorno, entrenamiento, acompañamiento y mantenimiento en el puesto de trabajo a cargo de la dirección de promoción laboral para personas con discapacidad.

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