Las indemnizaciones por daño moral son elevadas

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La casuística del 2016 y 2017 refleja que las indemnizaciones a los trabajadores de la industria extractiva, minería, construcción e infraestructura por daño moral producto de accidentes de trabajo fluctúan entre los 350,000 y 1’000,000 de soles.


Esto debido a que el grado de incapacidad con el que quedan los trabajadores de esas actividades, a consecuencia de un siniestro laboral, fluctúa entre el 60% y 70%, lo que impide a las víctimas volver a trabajar, indicó el laboralista Percy Alache

Para la determinación de estas indemnizaciones, además de las que corresponde por lucro cesante y daño emergente, los jueces de primera y segunda instancia aplican los criterios de magnitud del daño, carga familiar, tiempo de servicios, cargos desempeñados por el trabajador afectado y la remuneración, explicó el experto, quien además se desempeña como director del área laboral de Pwc Perú.

Sin embargo, consideró que también deberán atenderse las condiciones médicas de la víctima antes del accidente, si el trabajador tiene familiares con discapacidad o enfermedad, si existe daño reputacional y si el trabajador afectado cuenta con otros ingresos.

A su vez, sostuvo que deben fijarse montos mínimos de indemnización por daño moral, como de repente el 25% de la indemnización por lucro cesante.

Por tanto, Alache advirtió de la necesidad de que mediante una directiva o un pleno jurisdiccional se uniformen los criterios para la determinación de la indemnización del daño moral de un trabajador afectado por siniestro laboral.

También resultara importante un tarifario con topes para este tipo de indemnización, a fin de no generar inseguridad tanto para la persona que reclama como para las empresas que son demandadas, detalló.

Por lo pronto, dijo, la Corte Suprema, mediante las casaciones N° 00139-2014 La Libertad, emitida por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente; N° 04393-2013 La Libertad de la Sala Civil Permanente; y N° 01594-2014 Lambayeque de la Sala Civil Transitoria analiza la prueba idónea para la indemnización por daño moral. Básicamente el certificado médico y lo que debe generar convicción al juez sobre el daño sufrido, detalló.

Recomendaciones
Como el pago de la indemnización por daño moral está relacionado con accidentes de trabajo, lo principal es que las empresas realicen auditorías internas y periódicas respecto a los sistemas de seguridad y salud en el trabajo identificando básicamente los riesgos potenciales, y las medidas correctivas que el comité de seguridad y salud debe implementar, sostuvo Alache. Además, los empleadores deben evaluar los riesgos que cada desvinculación laboral puede generar, agregó.

(Fuente: El Peruano)

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