La casilla electrónica en la fiscalización laboral

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Por Víctor Zavala Lozano – Gerente Legal de la Cámara de Comercio de Lima

Mediante el D. S. N° 003-2020-TR, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó la creación del Sistema Informático de Notificación Electrónica de la Sunafil, disponiendo el uso obligatorio de la notificación vía casilla electrónica en los procedimientos administrativos y actuaciones de dicha entidad. 

La finalidad es mejorar la eficiencia y la celeridad en la notificación de las actuaciones y actos administrativos en el marco del ejercicio de las funciones y competencias de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). La norma se justifica además en la modernización de los servicios prestados por la Autoridad Inspectiva de Trabajo.

Sunafil, de este modo, asignará al usuario una casilla electrónica que se constituirá en domicilio digital obligatorio para la notificación de los actos administrativos y/o actuaciones emitidas en el marco de sus funciones y competencias que correspondan ser informadas al administrado, tales como las medidas inspectivas, el informe de actuaciones inspectivas, las resoluciones emitidas, entre otros.

La Sunafil, además, comunicará al usuario cada vez que se le notifique un documento en la casilla electrónica, por medio de las alertas del sistema informático de notificación, en su correo electrónico y/o mediante servicio de mensajería.

A su vez, el usuario estará obligado a revisar periódicamente la casilla electrónica asignada, mantener operativo su correo electrónico, la confidencialidad y medidas de seguridad en el uso de su clave de acceso y nombre de usuario.

La notificación vía casilla electrónica se entenderá válida con el depósito del documento en la casilla electrónica asignada y surtirá efecto el día que conste haber sido recibida en la casilla, o en caso de que no sea día hábil, a partir del primer día hábil siguiente de recibida. La Sunafil finalmente publicará un cronograma de implementación en el ámbito nacional del Sistema Informático de Notificación Electrónica, estableciendo, además, las situaciones de excepción para el uso obligatorio de la casilla electrónica.

Fuente: ElPeruano

 


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