Hasta 200,000 soles de multa si no se deposita la CTS

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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), explicó que ayer (día 15 de mayo) fue día límite para realizar el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) en las entidades bancarias.

“Si un empleador por mal cálculo hizo un mal pago por concepto de CTS a sus trabajadores, éste puede regularizarlo en un plazo de 30 días hábiles, que dura el proceso de inspección, con lo cual ya no habría multa” refirió Yilda Tello, Intendenta de Sunafil.

Las multas para las empresas que no son micro y pequeñas empresas (mypes) por el incumplimiento en los depósitos de CTS puede llegar a multas entre 3 a 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) (entre S/.12,150 y S/. 202,500).

Las mypes no depositan CTS a sus trabajadores, siempre y cuando estén inscritas en el registro de régimen Mype del MTPE, pues el proceso no es automático. De no ser así, la mype deberá depositar CTS como cualquier empresa dentro del régimen general.
 
Los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, que cumplen cuando menos en promedio, una jornada mínima diaria de cuatro horas deben percibir la CTS. El derecho nace desde que se alcanza el primer mes de iniciado el vínculo laboral. Se paga en dos períodos: noviembre – abril y mayo – octubre.Las personas sujetas a regímenes especiales están excluidas total o parcialmente de percibir el beneficio. 

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