Empresas ahora deben justificar despido del trabajador de confianza

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Si una empresa no justifica correctamente la calificación de su personal de confianza, el trabajador obtendrá su reposición, según lo establece una sentencia del Poder Judicial (Cas N°5453-2013-La Libertad).

Criterios

El Poder Judicial precisa que las empresas para evitar una incorrecta calificación del personal de confianza deben seguir los siguientes criterios. En primer lugar, el trabajador debe tener un contacto directo con el empleador, es decir, jerárquicamente inmediato y sin intermediarios.

En segundo lugar, en caso el trabajador acceda a información reservada, esta debe estar relacionada a temas industriales, comerciales, profesionales u otros, y relacionada a la actividad principal de la empresa.

Y cuando el trabajador elabore informes o emita opiniones para decisiones empresariales, el Poder Judicial establece que se deben descartar aquellas opiniones mecánicas que carezcan de un análisis sustantivo.

Algunas empresas usan el despido justificado por razones subjetivas (el retiro de la confianza), por ejemplo, para cesar a personal con acceso directo al empleador (gerentes, jefes, supervisores) o los trabajadores que accedan a información reservada o cuya opinión sirva para la toma decisiones empresariales (jefes, secretarias y otros).

Sin embargo, los criterios de la Corte Suprema estarían restringiendo la posibilidad de cesar sin una causa justificada a este tipo de personal, ya que previamente se deberá probar la adecuada calificación.

Las tres reglas, explicadas, también se pueden aplicar cuando la empresa no califique expresamente al trabajador de confianza, ya que la ley laboral regula que esa designación se acredita con otros indicios.

 

Fuente: Diario Gestión

 

 

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