Empleados que tengan un familiar grave gozarán de licencia pagada

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Congreso les concede hasta siete días con goce de haber. Empresarios dicen que la ley es perjudicial. 

El Congreso aprobó ayer la Ley 30012, que otorga una licencia de hasta siete días con goce de haber a aquellos empleados del sector público o privado con familiares directos en estado grave, terminal o que hayan sufrido un accidente que dejó en riesgo su vida.

Para hacer efectivo este permiso, el trabajador debe comunicar a su empleador el ejercicio del beneficio en un plazo de 48 horas de producido o conocido el suceso.

Deberá adjuntar para ese efecto un certificado médico que acredite tal condición del pariente.

Según explica el laborista Percy Alache, la norma cuenta con algunas consideraciones especiales. En primer lugar, permite –si el caso lo amerita –una ampliación del tiempo de descanso hasta un máximo de 30 días, los cuales serán descontados del derecho vacacional del empleado.

Además, contempla una situación excepcional que admite una segunda extensión del descanso, días que se recuperarán con horas extraordinarias de labores, previo acuerdo con el empleador.

Recordó que en un primer momento de la discusión de la ley, el plazo máximo de licencia era de tres días y el plazo de aviso a la empresa de 24 horas.

Las reacciones

Para Luis Salazar, presidente de la Sociedad Nacional de Industrias (SIN), esta ley perjudicará la competitividad de las empresas, sobre todo a las pequeñas y medianas. “Si bien la norma es bien intencionada, hay que considerar que el tiempo para el descanso y el pago de haberes resultará en un costo para las compañías y afectará su operatividad”, dijo el líder gremial.

Similar opinión tuvo Juan Varilias, ex presidente de ÁDEX, quién recordó que la inversión para conseguir y contratar a una persona no es solo de dinero, sino también de tiempo.

Al respecto, Alache indicó que la exposición de motivos de la ley busca una mejor atención para el familiar y garantizar estos permisos con un respaldo legal.

Sin embargo, opinó que el reglamento de la norma debe especificar los parámetros de las situaciones consideradas como especiales.

 

PRECISIONES

 

DEFINICIÓN

De acuerdo a la ley, el término familiares directos se refiere a los hijos, padres, madre, cónyuge o conviviente.

ELECCIÓN

Muchos convenios colectivos contemplan los descansos para familiares con enfermedades graves. En este caso, subsistirá el beneficio que sea más favorable al trabajo.

REGLAMENTO    

La ley debe ser reglamentada en 30 días hábiles.

 

Fuente: El Comercio      

            

 

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