El MTPE amplió hasta el 31 de mayo plazo para actualizar datos de trabajadores en planilla electrónica

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Mediante resolución ministerial, el portafolio informó que el empleador que no cumpla con registrar los datos relativos a la educación de sus trabajadores podría afrontar multas de hasta S/.190,000.

La actualización de los datos educativos -que inicialmente vencía el 31 de enero- tiene como objeto consolidar el observatorio "Ponte en Carrera" cuya información el Ministerio de Trabajo pondrá a disposición de los jóvenes peruanos, se indicó en la resolución.

Es por ello que los empleadores deben consignar los datos correspondientes a la formación de sus trabajadores, el nombre de la institución en la que estos estudiaron, su carrera y el año de egreso.

Con dicha información se establecerá cuál es la situación de determinadas carreras, universidades e institutos dentro del mercado laboral nacional. Esta data permitirá, además, conocer cuánto tiempo demora un egresado para insertarse en dicho ámbito.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) velará por el cumplimiento de este plazo. Las multas a aplicarse a las microempresas que omitan este trámite oscilan entre S/.950 y S/.3,800, mientras que para las pequeñas empresas el rango va de S/.3,800 a S/.38,000.

En tanto, para aquellas empresas que no están inscritas en el Registro Nacional de Mypes (Remype), las multas oscilan entre S/.11,400 y S/.190,000.

Para evitar problemas, el Ministerio de Trabajo ha establecido la línea telefónica gratuita 0800-1-6872 para orientar en el cumplimiento de esta obligación.

 

Fuente: www.semanaeconomica.com

 

 

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