¿Cuáles son los derechos laborales tras renunciar o ser despedido?

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En el Perú, muchos desconocemos o no sabemos al detalle cuáles son nuestros beneficios laborales. Esto se da por falta de información o temor frente a los empleadores.

Richard Culque, experto en temas laborales y gerente de soluciones de Ofisis, habla sobre los derechos laborales tras renunciar o ser despedido de un trabajo. “Lo que más conviene, digamos que como trabajador, es ser despedido. Porque en el momento que yo te despedido como empleador, ganas un beneficio que es la indemnización.”

En caso de contar con un contrato indeterminado, el empleador gana un sueldo y medio por cada año de servicio, con un tope de máximo 8 años de labor o 12 remuneraciones. Por el contrario, en caso de tener un contrato, el colaborador ganará un sueldo y medio por mes pendiente de labor.

Resaltó que, en el caso de ser despedido por una falta grave, el empleador puede retener mis beneficios laborales, para cubrir los daños, hurto o motivo alguno del despido. Este monto se congela principalmente. “Todo esto se ve con el Ministerio de Trabajo.”

A tener en cuenta

Por ley, según explico Culque, a las 48 horas de ocurrida la renuncia o despedida, el empleador ha tenido que cobrar sus beneficios laborales. Caso contrario, se le envía un comunicado a la empresa preguntando el motivo. Si el empleador se niega, puede visitar al Ministerio de Trabajo, quienes son los responsables de tomar las acciones respectivas.

Sobre la demora de los procesos en el Ministerio de Trabajo, Culque explicó que todo lo que sea demostrable no tendría por qué retrasar el proceso. “Lo normal, es un promedio de 30 a 60 días, porque tiene que escuchar ambas partes. Es una recopilación de información.”

Finalmente, mencionó que de no tener un contrato, existen muchas formas de demostrar ello. “El horario de entrada, salida, correos, hay miles de formas de demostrar una relación laboral. Estas malas prácticas pueden ocasionar que le caigan multas desde 10 hasta 100 UITs para los empleadores”.

 

Fuente: Gestión

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