Conozca los tres cambios en inspecciones laborales

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El Poder Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo N° 1383 para modificar la Ley General de Inspección del Trabajo, y establece tres cambios al que deberán adecuarse los empleadores en el mercado laboral del Perú.

El primer cambio que este decreto trae es que los inspectores auxiliares de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) podrán realizar inspecciones de vigilancia y control de las normas, siempre que las materias a ser inspeccionadas no revistan complejidad.

“La Sunafil debe emitir a la brevedad los parámetros que se utilizarán para determinar si un asunto es complejo”, indicó Mónica Pizarro, socia del Estudio Echecopar a gestión.

Recordó que antes del cambio los inspectores auxiliares solo estaban facultados a realizar inspecciones en microempresas o pequeñas empresas, siempre bajo la supervisión de un inspector supervisor.

El segundo cambio es que la Sunafil podrá efectuar requerimientos de información electrónicos. Es decir, ahora, los empleadores no solo podrán ser citados a comparecencias, o recibir visitas inspectivas, sino que podrán ser notificados por medios electrónicos para que suministren información laboral específica.

“Quedan por determinar las medidas de seguridad que se adoptarán para evitar que los empleadores sean sorprendidos por falsos requerimientos de información que podrían afectar la confidencialidad de la empresa”, indicó Pizarro.

En tercer lugar, se ha creado el expediente electrónico de inspecciones, con el cual las actuaciones inspectivas y el procedimiento sancionador de inspección del trabajo se podrán realizar total o parcialmente a través de medios digitales.

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