Cómo las empresas deben adecuarse a las vacaciones de un día de su trabajador

2004

Hace unas semanas entró en vigencia el Decretos Legislativo N° 1405 que modifica algunos lineamientos de las vacaciones de los trabajadores.

Este decreto es una modificación sobre la norma actual de vacaciones el cual señala que se pueden dar adelantos incluso por periodos menores a 7 días calendarios para colaboradores del sector público y privado. Asimismo, la norma establece que no hay periodos mínimos de trabajo para poder acceder a estos beneficios.

“Si bien este decreto podría beneficiar a los trabajadores porque tendrán mayor flexibilidad para organizar sus descansos vacacionales, es necesario que los empleadores sepan que en caso se extinga el vínculo laboral y el trabajador no tuviese suficientes vacaciones truncas para compensar los días otorgados por adelantado, el trabajador no se encuentra obligado a compensación alguna. De esta manera, el empleador estaría asumiendo el costo de los días no trabajados, aunque se podrían explorar algunas alternativas de solución”, comentó Jorge Ágreda, Socio del Área Laboral de EY Perú.

Para que las empresas puedan responder adecuadamente a estas nuevas reformas, planteó una serie de recomendaciones para los empleadores:

  1. Revisar las políticas internas de la empresa sobre vacaciones.
  2. Verificar que no se efectúen descuentos en la liquidación en beneficios sociales por adelantos de vacaciones que sean superiores a las vacaciones truncas.
  3. Elaborar formatos de convenios de adelanto, fraccionamiento y reducción de vacaciones y
  4. Automatizar los periodos vacacionales mediante un sistema de alerta con data analytics.
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