Inspecciones laborales: ¿Cómo prepararse para una supervisión más intensa?

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Aldo Ortega
Superintendente
Sunafil
Jorge Toyama
Socio del Área Laboral
Miranda & Amado Abogados
José Balta
Socio
Estudio Rodrigo, Elías & Medrano
Sara Campos
Gerente del Área Laboral
Estudio Gálvez, Risso & Asociados

 

Enfrentar este nuevo entorno exige a las empresas un cambio de actitud y mayor conocimiento sobre la norma laboral y de seguridad y salud en el trabajo, así como de las contingencias a la que están expuestas. Pero, sobre todo, es imperioso que se preparen para afrontar las inspecciones laborales.

Como se sabe, la inspección laboral está a cargo –todavía– del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y de los gobiernos regionales, pero pronto pasará a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Aldo Ortega, Superintendente de la Sunafil, precisa que la inspección de trabajo tiene como propósito promover y vigilar el cumplimiento de las normas de orden sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo, en los centros de trabajo, exigiendo eventualmente las responsabilidades administrativas que procedan. «La visita inspectiva se complementa con el objetivo de orientar y asesorar técnicamente a la ciudadanía en dichas materias», añade Ortega.

La labor de inspección puede realizarse  en las empresas, centros de trabajo y todos los lugares en donde se ejecuten prestaciones laborales. Y pueden examinarse diferentes aspectos de la relación laboral, como contratos de trabajo, horas extras, beneficios sociales, entre otros, y todo lo relativo al cumplimiento de la norma relativa a la seguridad y salud en el trabajo (Ley 29783).

Ejecución

Aún son ejecutadas, como se ha señalado, a iniciativa del propio MTPE mediante operativos de fiscalización a lo largo del año, pudiendo incidir en puntos específicos que son considerados por el Ministerio como los de mayor incumplimiento de parte de las empresas, por ejemplo.

«La planificación de las visitas inspectivas responden a criterios técnicos y objetivos, y son las que deseamos privilegiar en la SUNAFIL», comenta Aldo Ortega.

Además de las fiscalizaciones de oficio, José Balta, socio del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano, expone que las inspecciones pueden ser activadas a solicitud del trabajador (por ejemplo, ante un despido arbitrario intempestivo o por el no reconocimiento de un pago o un beneficio), o a petición de la propia empresa o también de otra autoridad (como, por ejemplo, de un congresista).

«Cerca del 70% de las inspecciones se efectúan a raíz de la denuncia –a través de una carta, un email o una llamada telefónica– de un trabajador o de un sindicato sobre una injusticia», afirma Jorge Toyama, socio del Área Laboral de Miranda & Amado Abogados.

Etapas

En su ejecución se pueden distinguir dos etapas: la investigación sobre el incumplimiento de alguna norma laboral y el procedimiento para la aplicación de una probable sanción(en caso de encontrase irregularidades). En la primera, el inspector dispone de un determinado período para realizar las pesquisas(yendo al centro de trabajo, entrevistando a los trabajadores y citando a los empleadores).

«La investigación culmina con un informe, en donde el inspector hace una evaluación y formula una propuesta de sanción económica si es que hubiera detectado una infracción», precisa José Balta.

Enseguida, en la siguiente fase, se inicia un procedimiento administrativo sancionador, en la que el empleador tiene oportunidad de defenderse y plantear sus descargos. Finalmente, esta etapa culmina cuando las autoridades llegan a un dictamen (fallo que no siempre avala las propuestas de los inspectores).

«En caso que el proceso sancionador concluya en la emisión de una resolución de multa, se puede decir que empieza una tercera etapa de control de deuda y cobranza coactiva», explica Aldo Ortega.

Junto con la inspección laboral, los otros dos pilares de la fiscalización laboral planteadas por la Sunafil son la prevención y asesoría y la inteligencia inspectiva. La prevención y asesoría se refiere a mejorar el acceso a la información sobre los derechos y deberes laborales que le corresponden a los trabajadores y empleadores, respectivamente.

La inteligencia inspectiva aporta un elemento innovador e interesante que permitirá focalizar las acciones de orientación, prevención e inspección. «Se buscará utilizar herramientas informáticas y bases de datos, realizar estudios sectoriales y estudios económico-laborales que iluminen el camino de una fiscalización laboral moderna desde un aporte eminentemente técnico», expone Aldo Ortega.

Cambios

Se prevé que la Sunafil va a mantener esencialmente, en el corto plazo, la misma fórmula del MTPE con las inspecciones, pero con mayor intensidad y capacidad de coacción, como se deduce de los cambios hechos recientemente a la norma y que entrarán en vigencia a partir de marzo de este año.

Como se recuerda, el Reglamento de Inspección Laboral (D.S. 019-2006-TR), ha sido modificado en diciembre pasado mediante el D.S. 012-2013-TR. Variación que apunta a subsanar la incertidumbre provocada, especialmente en las empresas de menor tamaño, por el establecimiento de multas que alcanzaban hasta las 100 UIT.

Hasta entonces no estaba claro con qué criterios y en virtud de qué iban a ser aplicadas. Preocupación que se acrecentó con la creación de la Sunafil, encargada de verificar no solamente el cumplimiento de las obligaciones laborales sino, además, las relativas a la seguridad y salud en el trabajo.

Es en el Decreto Supremo de diciembre pasado cuando recién se precisa que la aplicación de las sanciones va a estar en función–además del número de trabajadores afectados y la gravedad de la falta–del tamaño de la empresa y capacidad de pago al momento de establecer las multas.

Grados de infracción

El otro cambio notable es que determinadas infracciones consideradas leves (asociadas a multas menores),  han pasado a ser consideradas de carácter muy grave y con multas elevadas. La razón es, explica Sara Campos, gerente del Área Laboral del Estudio Gálvez, Risso& Asociados, que se trata de incumplimientos que por más que son sancionados, persisten como práctica entre los empleadores.

Por ejemplo, no anotar a los trabajadores en el registro de asistencia –que permite saber si el trabajador ha laborado o no horas extras– y no inscribir a las personas en las planillas cuando ameritan estarlo, han pasado a ser infracciones muy graves con sanciones más drásticas.«Es evidente que se busca atacar el tema de la informalidad», anota Sara Campos.

A partir de lo que ha venido aconteciendo en los últimos meses, José Balta resalta, además, que el objetivo es sensibilizar a las empresas–realicen éstas actividades de alto riesgo o no– sobre el cumplimiento de la norma en materia de seguridad y salud  ocupacional.

Hay que tener en cuenta que las micro y pequeñas empresas (que gozan de ciertos beneficios en materia laboral) no están exentas de cumplir la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y tienen también que cumplir esta norma frondosa y sumamente compleja.

En la SUNAFIL son conscientes que el incumplimiento de la norma obedece en muchas ocasiones a la falta de conocimiento de la misma. Eso lo tiene claro Aldo Ortega, por eso, frente a aquellas normas laborales complejas, se ha propuesto facilitar herramientas y proveer del conocimiento necesario a fin de prevenir incumplimientos.

Multas elevadas

Ahora, lo que realmente ha sorprendido es la dramática elevación de las multas. Jorge Toyama precisa que éstas se han elevado drásticamente en los casos de afectación grave a derechos fundamentales (por ejemplo, restringir la libertad sindical, accidentes de trabajo fatal o trabajo infantil). Infracciones como no otorgar el descanso pre y post natal, contratar un trabajador adolescente sin permiso o no pagar horas extras, son asimismo concebidas como muy graves. En esos casos, que afectan derechos fundamentales, la multa se ha multiplicado por 10.

«Sobretodo para aquellas que no califican como micro o pequeña empresa y han incumplido la norma, las multas son, en principio, realmente inmensas», comenta José Balta.

Antes, las multas no superaban los 20 UIT pero ahora alcanzan las 100 UTI. De esta forma se pretende desanimar el incumplimiento de las empresas que no se han sentido atemorizados con el nivel anterior de sanciones.

Detalladamente, para las microempresas las multas van de 0.1 a 1.5 UIT, para las pequeñas de 0.2 a 17 UIT y para las no mypes de 0.5 a 100 UIT. Adicionalmente, el monto máximo de la multa que puede aplicarse a una micro o pequeña empresa no podrá ser mayor al 1% de sus ingresos anuales.

«En otras palabras, no se busca asfixiar a las empresas ni sacarlas del mercado, pero sí incentivarlas a cumplir con la normatividad. Las multas no son el fin, sino uno de los medios por los cuales haremos que se cumpla la normatividad socio laboral y de seguridad y de salud en el trabajo », aclara Aldo Ortega.

Ante un incumplimiento detectado por el inspector, si el empleador subsana las infracciones durante la etapa inspectiva, accederá a una reducción del 90% de la multa estimada, es decir solamente pagaría el 10% de la multa. En esta misma línea, es importante señalar que, de no estar de acuerdo con la falta encontrada, el empleador tendrá el derecho a reclamo correspondiente una vez culminado el proceso sancionador.

Si el inspector, en una fiscalización posterior, vuelve a corroborar la misma infracción, se puede duplicar la sanción. Una empresa puede tener más de una multa, pero no puede superar el tope máximo (300 UIT).

«Solamente en el caso de infracciones tipificadas como “muy graves e insubsanables”, es decir en casos de trabajo infantil y trabajo forzoso, se imponen los topes máximos establecidos por la Ley», detalla Aldo Ortega.

Sunafil

Pero todo indica que es con la creación de la Sunafil y el inicio de sus operaciones –que podría ser en marzo próximo–que se abre una nueva etapa en la fiscalización laboral en el país.

El grado de exigencia para el cumplimiento de la norma laboral y de seguridad y salud en el trabajo, sin duda, se va a incrementar con el funcionamiento del nuevo ente fiscalizador.

Haciendo una analogía, esta superintendencia va a funcionar como la Sunat, pero en materia laboral. «Es una entidad  nueva que va a unificar todo el sistema de inspecciones en el Perú», comenta Jorge Toyama.

Hasta ahora, cada región del país tiene sus propios criterios de inspección y goza de gran autonomía, por lo que no es infrecuente que, refiere José Balta, existan resoluciones muy distintas y contradictorias sobre un mismo tema. La Sunafil al ser un ente unificador y centralizador, todo eso va a cambiar.

Jorge Toyama puntualiza que los únicos que van a estar fuera de la acción de la Sunafil son las microempresas (empresas hasta 10 trabajadores), que permanecerán bajo la supervisión de las regiones.

Lo que se viene

La expectativa es que la Sunafil se convierta en una institución muy bien organizada, integral, estructurada y con inspectores bien remunerados. Se sabe que éstos últimos están siendo provistos de las herramientas necesarias para efectuar inspecciones, especialmente en seguridad y salud laboral (lo que les va a posibilitar ingresar a las zonas de riesgo), que antes no disponían.

Ha trascendido también que el número de inspectores va a ser muy superior a lo que tiene hoy el MTPE, por lo que se avizora que con la Sunafil las fiscalizaciones van a ser más intensas y especializadas. «Se anticipa que las inspecciones se van a dividir por materias: relaciones laborales, seguridad y salud, beneficios, reparto de  utilidades», precisa Sara Campos.

De hecho, en Sunafil están planteando cambios sustanciales en la forma en que se va incentivar el cumplimiento de la norma. Una de las diferencias entre lo que se viene haciendo actualmente y lo que desarrollará Sunafil, refiere Aldo Ortega, pasa por desarrollar una labor permanente de orientación y prevención, a través de diversos canales de comunicación, de manera que  las partes involucradas estén debidamente informadas sobre sus deberes y derechos.

Sunafil, asimismo, proyecta ser una institución que genere normas y políticas que rijan el Sistema Nacional de Inspección del Trabajo para definir lineamientos o protocolos de actuación y lograr aplicar criterios uniformes a nivel nacional de tal manera que todas las partes involucradas puedan predecir los resultados.

«Mirando a largo plazo, la SUNAFIL irá tendiendo hacia  una autonomía y tecnificación, con mayor capacitación de sus inspectores», avizora José Balta.

La despolitización que traerá consigo ese proceso es subrayado por el especialistas del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano, ya que las inspecciones dejaran de depender directamente del Ministerio de Trabajo o de un gobierno regional.

Cómo prepararse

Frente a ese escenario, lo mejor que pueden hacer las empresas, sugiere Aldo Ortega, es conocer sus obligaciones legales sobre los derechos que la asisten a sus trabajadores y cumplirlas, entendiendo al mismo tiempo que esto no significa restar necesariamente productividad ni competitividad.

Hasta que la Sunafil entre en operaciones, los empleadores pueden solicitar orientación de manera gratuita al MTPE vía telefónica o web.

Jorge Toyama aconseja a las empresas cumplir estrictamente la ley y no entrar en interpretaciones osadas del marco legal. En segundo lugar, recomienda a las empresas tratar bien al personal. «No deben olvidar que un trabajador que se siente bien considerado y respetado es el que menos reclama y, por lo tanto, el riesgo de una inspección es menor. Por eso deben desarrollar una estrategia óptima de gestión humana», advierte Toyama.

Considerando que acatar la norma laboral demanda un trabajo menudo, del día a día, donde es posible que siempre ocurra un incumplimiento, José Balta propone a las empresas invertir, de manera importante, en el manejo de sus relaciones laborales y el cumplimiento de la normativa laboral.

«Creo que las empresas van a tener que recurrir a las auditorias preventivas(que se contratan de manera privada), para prevenir y corregir las infracciones en las que podrían estar incurriendo. Sin duda, no es sencillo cumplir una normativa farragosa, compleja y muy costosa», opina José Balta.

Diagnóstico laboral

Sara Campos recomienda efectuar un diagnóstico laboral, revisando los puntos que consideren que pueden estar incumpliendo la norma. Por ejemplo, es imprescindibles un minucioso análisis sobre el pago de horas extras, cumplimiento de vacaciones, el uso de los contratos temporales y todo lo referido a la seguridad y salud ocupacional.

Cada empresa tiene que establecer por dónde comenzar su propia verificación. Una vez determinado el  nivel de incumplimiento que podría estar cometiendo, puede calcular de antemano la sanción que se le impondría en caso de una inspección. De hecho, algunas obligaciones se pueden ir corrigiendo de inmediato.

«Es esencial que el encargado de la gestión de la seguridad y salud ocupacional sea idóneo, para que pueda cumplir con lo que manda la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, que es obligatoria», sugiere Sara Campos.

Se entiende que la finalidad de la inspección es constatar que la norma se cumpla y que la última medida de la autoridad es la sanción. «Por eso es importante que todo empleador sepa que el inspector tiene la obligación de brindar primero medidas de advertencia, requerimiento, comparecencia», advierte Sara Campos.

Finalmente, ante el rápido cambio de las leyes y su interpretación, estar al día con las normas es otra sugerencia que deberían tener en cuenta las empresas.

Zonas grises

La normativa de inspección laboral, en general, es muy clara, aunque en puntos específicos puede ser cuestionada. A decir de Sara Campos,por ejemplo, deja un margen muy amplio de discreción al inspector, quien goza de muchas facultades –casi igual que un juez– al momento de la fiscalización y aplicación de las sanciones.

Lo positivo de eso es que el inspector cuenta con herramientas adecuadas y suficientes para realizar la verificación y actuar para que se cumpla la ley. Pero, en algunos  casos, podría ocurrir que algunos inspectores vayan más allá de sus facultades, pudiendo vulnerar temas confidenciales o secretos profesionales de una empresa.

«Si un mismo inspector fiscaliza, por ejemplo,  a dos empresas que compiten en el mismo rubro, los secretos profesionales de una de ellas podrían ser revelados causándole mucho daño a su competitividad», explica Sara Campos.

Ese riesgo en el manejo de la información no está acotado en la normativa actual y, en opinión de Sara Campos, el alcance de lafacultad de inspección debería estar especificado y normado, pero cuidando de no limitar las prerrogativas de los inspectores para que puedan efectuar su función.

Sucede, por otro lado, que el tiempo de investigación con que cuentan los inspectores muchas veces no es suficiente para determinar, por ejemplo, si  hay un vínculo laboral o  no. En ese corto período de tiempo, a veces, el inspector equivocadamente puede presumir que existe una relación laboral donde no la hay, ocasionando un perjuicio a la empresa.

José Balta, por su parte, advierte la existencia de faltas formuladas de manera muy general y enrevesada, que no respetan el principio de tipicidad y requieren ser «aterrizadas» para evitar interpretaciones extremas de los inspectores.

Ciertamente, la norma laboral y la de seguridad y salud en el trabajo requieren, en varios aspectos, de mayor precisión, delimitación y cambios, para que su aplicación se ajuste al espíritu bajo el cual han sido concebidas.

Al margen, sin embargo, de los aspectos controversiales de la norma, nuestros entrevistados recomiendan a las empresas, por un tema de una buena práctica laboral, vigilar el cumplimiento de sus obligaciones.

«De hecho, las buenas prácticas laborales mejora la motivación del trabajador y el clima laboral, reduce el ausentismo y la rotación», asevera Sara Campos.

Este es un buen momento para que las empresas revisen los distintos aspectos de las relaciones laborales con sus trabajadores y se adecúen a lo que dice la norma.

Comentarios:

#1 18:05:59 | 2015-05-06, Publicado por: ERNESTO BALMACEDA VILELA

ESPERO QUE SUNAFIL ACTUE BIEN Y NO PERMITA QUE LAS EMPRESAS ABUSIBA COMO PETROPERU SE LES CONSIDERE A1, ES TIMPO DE TOMAR ACCION Y PERMITIR LOS ABUSOS Y NO TOMAR ACCION COMO SE VIENE HACIENDO, SUNAFIL DEBE SER VERDADERAMENTE MAS JUSTO, MAS PRACTICO Y ELIMINAR EL PAPELEO.


#2 11:56:21 | 2014-11-28, Publicado por:

Gracias por este Informe. ayuda a mantener en orden y regla a todas las empresas.


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