Sobrecostos laborales en Perú: De los más altos en la región

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Por Víctor Zavala (Perú), Gerente de Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima

A mayor rigidez de las normas laborales, mayor es la informalidad en el empleo. Ello explica por qué aproximadamente el 70% de los puestos de trabajos son informales, lo cual impide a este grueso de trabajadores acceder a los beneficios laborales y de seguridad social en nuestro país.

En el siglo XXI, donde la economía es cada vez más globalizada y competitiva, nuestro país requiere una regulación laboral flexible y con equidad, que promueva el desarrollo empresarial y a la vez garantice los legítimos derechos de los trabajadores reconocidos por la Constitución y los convenios aprobados por la OIT.

Por ejemplo, en el Perú el descanso vacacional es de 30 días al año, en los demás países son de 12 a 15 días por año: en el Perú, las gratificaciones equivalen a dos sueldos al año, en los demás países no se reconocen estos beneficios y en todo caso se otorgan incentivos por productividad; en cuanto a las utilidades , excepto Ecuador, en el Perú concede hasta el 10% de la renta neta; las indemnizaciones por despido equivalen a 1,5 sueldos por año, con el límite de 12 sueldos; y además, los empleadores deben pagar CTS, que equivale a un sueldo por cada año, en los demás países no existe tal beneficio o se sustituye por un seguro de desempleo.

Según un reciente informe del Instituto de Economía y Desarrollo Empresarial (Iedep), de la Cámara de Comercio de Lima, al analizar los sobrecostos laborales e indicadores de rigidez laboral en los cuatro países de la Alianza del pacifico, se ha identificado que las empresas peruanas deben de asumir un sobrecosto laboral del 60%, mientras que en Colombia, México y Chile representan el 54%, 36% y 32%, respetivamente.

En cuanto a las licencias y descansos remunerados, existen 17 leyes aprobadas por el Congreso de la República que otorgan descansos y permisos remunerados a los trabajadores por razones de maternidad, paternidad , adopción, parto múltiple, discapacidad y otros beneficios especiales que el Parlamento Nacional ha aprobado en la última década. A ello deben agregarse por lo menos ocho propuestas legislativas que están pendientes de votación en el pleno del Congreso.

En los países de la región solo se reconocen los permisos pagados por maternidad, paternidad y lactancia, los otros descansos por adopción, socialización en la adopción, por hijos con discapacidad o enfermedad grave, son parte de la creación de nuestros legisladores que generan sobrecostos, afectan la competitividad empresarial y a la larga impactan sobre la generación de empleo, o, en todo caso, limitan el acceso al mercado laboral de aquellos a quienes se pretende beneficiar.

 

 

Comentarios:

 

#1 07:52:40 | 2014-02-17, Publicado por: Ricardo Herbozo

 

Lo que no indica el articulista es que en otros países las remuneraciones están más a tono con el costo de vida. Tampoco indica que existe el régimen laboral de la MYPE que prácticamente te permite pagarle al trabajador solo su remuneración mensual y PRIVARLE de CTS,utilidades, gratificaciones,asignación familiar. En conclusión, este artículo es sesgado y demasiado pro-patronal


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