Empresas no pueden negar licencias a trabajadores en temas vinculados al sindicato

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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) precisó que las empresas no pueden negarse a otorgar permisos pagados (licencias sindicales) a los dirigentes del sindicato para asistir a reuniones, congresos, seminarios, cursos de formación, conferencias, entre otros actos sindicales, dijo el laboralista Oxal Ávalos, asociado del estudio Muñiz.

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Ávalos detalló que actualmente es común que las empresas condicionen el permiso de 30 días remunerados a los dirigentes sindicales, ya que no existe una definición legal de qué temas están relacionadas al sindicato o de concurrencia obligatoria.

El caso
El sindicato de una empresa de consumo masivo de alimentos fue sancionada por la Sunafil por negarse a otorgar los permisos sindicales a sus trabajadores.

La empresa señaló que aplicando su poder de dirección tiene la facultad de otorgar o no las licencias sindicales, cuando este tema no esté regulado en un convenio colectivo.

Además, agregó que el permiso solicitado por los dirigentes sindicales no se iba a ser utilizado durante la jornada de trabajo, y no se siguió el procedimiento de su reglamento interno de trabajo.

Sin embargo, la Sunafil precisó que, a falta de definición legal sobre concurrencia obligatoria para la licencia sindical, se entiende a todo tipo de facilidades que se otorga a los trabajadores como participación en congresos, seminarios, cursos y otros.

Incluso se otorga el permiso si no se realiza durante la jornada de trabajo pero se usa ese tiempo para facilitar tareas sindicales. No obstante, Ávalos precisó que si el trabajador lo usa inadecuadamente cometería una falta grave y podría ser despedido.

Fuente: Diario Gestión

 

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