Tres factores que reducen el teletrabajo en las empresas peruanas

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En el año 2015 el Gobierno reguló bajo la Ley N° 30036 el teletrabajo, una nueva modalidad de trabajo en donde el “teletrabajador” presta servicios sin presencia física en el centro de labor (ya sea institución pública o privada) y utiliza las tecnologías de la información para ejecutarlos. 

El objetivo de la norma era, por un lado, reducir costos a las empresas, y por otro, beneficiar a los empleados pues podían adecuar sus labores al resto de sus actividades diarias, por lo que también tenían menores costos de transporte.

Sin embargo, la regulación de esta norma en lugar de impulsar esta modalidad de contratación la ha retraído, según explica Brian Ávalos, abogado laboralista de Payet, Rey, Cauvi, Pérez abogados.
 
¿El teletrabajo es efectivo?
 

Las empresas han reducido entre 20% y 30% el uso de esta modalidad de contrato de trabajo debido principalmente a tres factores: la empresa debe asumir los gastos de la prestación de servicios, tales como el uso de internet y el servicio de agua o luz; la empresa debe brindar los equipos al teletrabajador para cumplir con sus labores y en tercer lugar, debe cumplir las normas de seguridad y trabajo del teletrabajador.

“Solo por estos tres puntos el tema es que las empresas en general en el Perú sienten que se ha hecho más compleja la prestación de servicios y muchas empresas no han optado por esta figura porque eleva los costos, económicos y administrativos”, sostuvo.

Agregó que producto de la reducción en esta modalidad de teletrabajo, las empresas han optado por la informalidad laboral. “Lo que ha pasado es que la solución por no regular el contrato del trabajador es que lo han vuelto informal. Entonces esa ley ha tenido un efecto perverso porque muchos empleadores han decido no contratar como teletrabajador si no como independiente”, dijo.

Cabe precisar que el teletrabajador tiene los mismos derechos y beneficios que los trabajadores que presentan servicios bajo la modalidad convencional de acuerdo al régimen que pertenezca; en tanto se considera infracción grave si se aplica el cambio de modalidad de un trabajador convencional a la modalidad de teletrabajo, o viceversa, sin su consentimiento.

Modificación a fin de año

El Plan Nacional de Competitividad y Productividad aprobado recientemente por el Gobierno propone un proyecto de ley que regula el teletrabajo (Ley N° 30036) que se presentará en diciembre de este año. El documento indica que la medida busca revisar y actualizar la regulación de teletrabajo a fin de fomentar la adaptabilidad del trabajo a las distintas condiciones de vida y tendencias del mercado laboral.

El documento sustenta la modificación de la normativa en que pese a los beneficios que brinda el teletrabajo, la adopción de esta modalidad de contratación en el Perú es aún limitada en comparación a otros países de la región.

Así, precisa que mientras en Perú a fines del 2016 se registraron sólo 648 personas que utilizan este tipo de esquema laboral, en países como México, Chile y Colombia, esta cantidad asciende a 2.6 millones, 500 mil y 31 mil trabajadores, respectivamente.

Fuente: Gestión


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