Hostigamiento sexual: conoce más sobre las medidas obligatorias de esta ley

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Luego de la publicación del reglamento de la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, en julio pasado, se establecieron fechas límite para que las empresas del sector público y privado, instituciones educativas, Fuerzas Armadas (FF.AA.) y la Policía Nacional del Perú (PNP) puedan implementar la norma.

Así, se dispuso que todas ellas deban crear un Comité de intervención frente al Hostigamiento Sexual (CIHS), cuya fecha límite para iniciar la conformación de este comité fue el 20 de setiembre. Continuando con el proceso, ¿cuáles son las siguientes fechas clave para cumplir con las siguientes disposiciones?

Pamela Navarro, directora del área laboral del estudio Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría, explica que la siguiente obligación es la elaboración y difusión de la Política de Prevención y Sanción del hostigamiento sexual, cuya fecha límite es el próximo 20 de octubre.

“La política tiene que regular el procedimiento, los plazos, quien es el órgano que recibe (la denuncia), cuáles son las atribuciones del Comité, cuáles son las medidas de prevención que se pueden tomar, como el tema de reubicación (del presunto hostigador)”, preció la abogada.

Agregó que, si bien el 20 de setiembre venció la fecha para iniciar el proceso de conformación del CIHS, la constitución de la misma debe estar lista como máximo el 21 de enero de 2020. “Es decir, desde ahora hasta el 21 de enero del año entrante tienen plazo para conformar el Comité. En esa fecha tiene que estar constituido y de no hacerlo será considerado como infracción grave”, sostuvo.

De igual manera, precisó que actualmente ya es exigible las capacitaciones anuales específicas para: todos los trabajadores, el equipo de recursos humanos y los miembros del comité.

Es preciso recordar que, de acuerdo a la norma, de no otorgar u otorgar de forma inoportuna medidas de protección a la víctima de hostigamiento sexual y no emitir una decisión que ponga fin al procedimiento de hostigamiento sexual, la empresa o entidad recibirá una multa de hasta S/ 189,000.


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