¿El empleador puede acudir al domicilio del trabajador para verificar el descanso médico?

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Por el deber de lealtad o fidelidad en las relaciones laborales, el empleador puede fiscalizar y verificar los actos del trabajador en cuyo caso se observen irregularidades que eventualmente concluyan en el quebrantamiento de la buena fe laboral. Así pues, al acreditarse que el trabajador incurrió en falta grave por brindar información falsa al empleador sobre su estado de salud, se justifica el despido.

De acuerdo con la Corte Suprema para el tratamiento de los descansos médicos, la empresa puede realizar visitas durante el tiempo de descanso médico; además puede pedir la constatación policial para evidenciar que el trabajador no se encuentra en su domicilio sin justificación.

Percy Alache , director del Área Laboral de PwC Perú , señala que las empresas pueden diseñar o reforzar políticas internas para que los trabajadores estén al tanto de la documentación válida y requerida para que se gestione el descanso médico, así como tener el cuenta el tiempo de entrega de los documentos.

“Los documentos que debe presentar el trabajador son: el certificado médico, constancia de atención médica, pruebas o resultados de evaluaciones, receta médica y boleta de compra de medicamentos”, precisa.

Asimismo, advierte que, si se comprueba que el trabajador no padece la enfermedad que se señala en el descanso médico, al momento del despido no se le indemnizará. Solo se le reconocerá por gratificaciones y vacaciones truncas, en caso las tuviera; se le entregará la carta de CTS; y podrá recoger un porcentaje de las utilidades de la empresa, en caso haya generado, el siguiente año.

“Si la información es falsa es causal de despido directo. Independientemente de la duración del contrato del trabajador (plazo fijo, parcial o indeterminado), habiéndose demostrado que la información que está en los certificados o cualquier prueba médica es falsa es causal de despido porque así los establece la ley laboral”, indicó.

Sin embargo, las empresas podrán tomar las ausencias del trabajador como injustificadas, lo cual puede ameritar sanciones, como una amonestación o suspensión; “si se dan por un número de días determinados en un periodo específico esto también puede llevar al despido”, resaltó.

¿Empresas pueden visitar domicilio del trabajador para verificar si cumplen descanso médico?
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