¿A cuánto asciende la multa por no realizar el depósito de CTS?

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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) reiteró que los empleadores tienen la obligación de efectuar el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) a sus trabajadores hasta el 15 de noviembre. En ese sentido, advirtió que el incumplimiento les generará sanciones económicas.

Para una microempresa, la multa oscila entre los S/ 456 hasta S/ 1.867. Si es una pequeña empresa, la sanción puede ser de S/ 1.867 y S/ 18.675; y si es no mype puede recibir una multa de S/ 5.602 hasta los S/ 93.375.

El abono de la CTS es válido para los trabajadores comprendidos en el régimen laboral de la actividad privada que cumplan con una jornada de trabajo mínima de cuatro horas diarias.

Debe efectuarse en la institución financiera elegida por los trabajadores durante los primeros 15 días calendarios de mayo y noviembre de cada año. El trabajador tiene derecho al cómputo del beneficio de la CTS desde el primer mes de iniciado el vínculo laboral.

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