El acuerdo de confidencialidad laboral – I 

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Por Germán Serkovic – Abogado laboralista

El artículo 25 literal d) de la Ley de Productividad señala que es falta grave que amerita el despido, el uso o entrega a terceros de información reservada del empleador, así como la sustracción o la utilización no autorizada de documentos de la empresa.

El primer acápite hace alusión a la infidencia o violación del deber de discreción que es esencial en determinadas relaciones de trabajo. La norma establece tres requisitos para la procedencia de la falta grave:

  • En primer lugar que la información sustraída al empleador se use directamente por el trabajador o se entregue a terceros, el hecho de sustraer información documental sin usarla o ponerla en conocimiento de terceros es también falta grave, pero en aplicación del apartado siguiente.
  • En segundo, que la información tenga el carácter de reservada tal naturaleza le será dada por la jurisprudencia en conocimiento del caso concreto, siendo siempre recomendable que en el contrato de trabajo, en documento anexo o en el reglamento interno se establezca con claridad qué información debe ser secreta.
  • Por último, que se trate de información del empleador, por lo que pareciera excluirse a la información clasificada que no es del empleador, pero que este mantiene en custodia. 

Obsérvese que la falta grave por infidencia se configura sin que sea una condición indispensable que exista un perjuicio para la empresa, basta el uso o disposición de los datos reservados.

Adecuado criterio, de lo contrario estaríamos discutiendo si la infidencia es de tal gravedad que amerita la conclusión del contrato sin responsabilidad para el empleador. Tampoco se necesita que la infidencia ocasione un beneficio o ventaja al trabajador, podría actuar por razones morales.

El sujeto activo de esta falta no tiene que ser necesariamente un trabajador de confianza o de dirección, lo puede ser cualquier empleado que por determinada circunstancia incluso accidental tenga acceso a datos clasificados de la empresa y, aprovechándose de esta circunstancia, los desvele.

Fuente: El Peruano

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