Cómo clasificar correctamente la Discapacidad para la cuota laboral

8959

Por Enrique Rispa Ramírez (Perú) – Gerente General en Proyectos Lead y Presidente de Asociación Juvenil Generando Sonrisas

En la “Clasificación Internacional de Funcionamiento, de la Discapacidad y la Salud – CIF”, publicada por la OMS, se puede encontrar a detalle una lista de más de mil tipos de discapacidades y que están reconocidas como tal a nivel mundial. Es importante que las personas de seguridad y salud en el trabajo, médicos y recursos humanos se familiaricen con estos términos para que al momento de pasar las evaluaciones médicas obligatorias o al momento de la contratación, se puedan identificar y pedir el apoyo al trabajador para identificar la discapacidad, tramitar su certificado médico y proceder finalmente con el registro en CONADIS, si es que aún no cuenta con ello.

discapacidad-empleo

La “CIF” clasifica la discapacidad de la siguiente forma:

  1. Física (motora), limitación en forma permanente para moverse o caminar y/o para usar brazos o piernas. Por ejemplo, daño en la médula espinar, amputaciones, Escoliasis, Escoliosis, Diplejía, Monoplejía, Paraplejía, Distrofia muscular, Parálisis, etc.
  2. Cognitiva (intelectual), limitación de forma permanente para entender o aprender. Por ejemplo, Amnesia, Enfermedad de Alzheimer, Hidrocefalia, Retardo mental, Síndrome de Down (trisomía 21), etc.
  3. Sensorial, limitación de forma permanente para ver, oír, del habla o de la comunicación y comprensión del lenguaje. Por ejemplo, Catarata, Glaucoma, Hipoacusia, Sordera, Aglosia, etc.
  4. Psicosocial (mental), limitación de forma permanente para relacionarse con los demás por sus pensamientos, sentimientos, emociones o conductas. Por ejemplo, Ataques epilépticos, Autismo, Depresión, Síndrome de Asperger, Trastornos de personalidad, etc.

Por Ley (LGPD) se ha establecido que el único documento para acreditar la discapacidad para la cuota laboral es el “Certificado de Discapacidad” (CD), por tanto en una eventual fiscalización, éste documento es el que debe ser exhibido por el empleador, siendo suficiente una copia certificada.

El CD se puede obtener en los establecimientos del Ministerio de Salud que cuenten con servicios de rehabilitación, en los hospitales del Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior y del Seguro Social de Salud ESSALUD.

A pesar de ello, y como parte del compromiso real de las organizaciones por fomentar la inclusión social, es que se debe solicitar al trabajador que gestione su carné de CONADIS (www.conadisperu.gob.pe), si es que no cuenta con ello. Los documentos que se necesitan para la inscripción son:

  • Copia del DNI (Y llevar DNI original).
  • Una foto tamaño carné o pasaporte en fondo blanco actualizada.
  • Certificado de Discapacidad original para exhibición al momento de hacer el trámite.
  • Solicitud de Registro – Persona Natural con carácter de Declaración Jurada, emitido por CONADIS.

Muchas organizaciones están solicitando a los postulantes con discapacidad que cuenten con dicho carné pero lamentablemente la mayoría no cuenta con uno, por lo que están reduciendo su capacidad de convocatoria. Lo recomendable es que las organizaciones apoyen en todo lo necesario a las PCD para que puedan tramitarlo pues no es tan complicado, solo demanda un poco de tiempo. De esta forma los trabajadores con discapacidad sentirán que realmente hay una verdadera inclusión de parte de la organización contratante.

Comentarios