Cinco “A” para flexibilizar la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo

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Por Rut Ballesteros (España), Socia de MG-Cavala

El Poder Ejecutivo presentó al Congreso una propuesta para modificar la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) con miras a reducir sus costos sobre las empresas. Inmediatamente la postura de los más claros grupos de interés (empresarios y trabajadores) han entrado en conflicto.

Desde un tercer ángulo consideramos algunas modificaciones urgentes:

  • Adecuar las obligaciones legales al tipo de actividad. No todas las actividades económicas poseen el mismo grado de riesgo. Por ello, los requerimientos de la Ley SST deberían ser a veces “obligatorias” y a veces “recomendadas”, en función del tipo de riesgo, es decir, de actividad. “Las obligaciones en SST de una constructora no pueden ser las mismas que las de una oficina administrativa”.
     
  • Ajustar las obligaciones legales al tamaño de las organizaciones. Aún en la misma actividad, las necesidades de control del riesgo identificado y evaluado varían de acuerdo al número de empleados, ya que la probabilidad de que se materialice un peligro está influenciada por este. “Las obligaciones en SST de una micro, pequeña o mediana empresa, no pueden ser las mismas que las de una gran empresa”.
     
  • Aligerar obligaciones legales que no aportan valor a la gestión de SST. Por ejemplo, realizar revisiones anuales de los IPER, cuando las condiciones estructurales y organizativas permanecen en el tiempo sin modificación alguna; o realizar exámenes médicos ocupacionales anuales para puestos sin riesgos de manipulación de sustancias peligrosas.
     
  • Adaptar la inobservancia de las obligaciones legales al objeto de la ley. Al margen del debate de si existe responsabilidad penal o no, un juez debería investigar si el empleador veló por la prevención de los accidentes y enfermedades en el trabajo. Pero jamás debería sentar sentencia acerca de si el empleador evitó o no el accidente.
     
  • Animar al empleador y al trabajador para que creen conjuntamente una verdadera cultura preventiva a partir del cumplimiento de la ley. Porque no es lo mismo hacer prevención que llenar documentos de prevención.

 

 

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